DEL PRECEDENTE JUDICIAL A LOS PRECEDENTES OBLIGATORIOS
¿VENTAJA O AMENAZA PARA LOS TRIBUNALES INFERIORES?
DOI:
https://doi.org/10.70982/rejef.v1i5.67Palabras clave:
civil law, common law, jurisprudencia, precedente judicialResumen
Las teorías de la argumentación jurídica, la globalización en el ámbito jurídico y
el afianzamiento de las jurisdicciones constitucionales han impulsado en
nuestros días la progresiva centralidad de la jurisprudencia, gracias al rol
protagónico reconocido a la función judicial. La jurisprudencia, los precedentes
judiciales y la doctrina legal son conceptos que, aunque estén estrechamente
relacionados, no significan lo mismo ni conllevan el mismo grado de vinculación para el juzgador. Si a esto añadimos la confusión que se produce por el hecho de utilizar en el sistema continental conceptos a los que damos el significado
que tienen en el sistema anglosajón, la situación de confusión se incrementa.
En este trabajo prestaremos especial atención a la doctrina del precedente
judicial. Se analizará la aproximación del civil law al common law, la distinción
entre precedente, jurisprudencia y doctrina legal. Se examinará la doctrina de
los precedentes en diversos contextos tales como en el Tribunal Constitucional
español, en México y en Brasil, prestando especial atención a la universalidad
de los precedentes y a los precedentes obligatorios, lo que lleva a cuestionarse
si no se estará invadiendo la independencia del juzgador.
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Derechos de autor 2024 Nuria Belloso Martín
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