DEL PRECEDENTE JUDICIAL A LOS PRECEDENTES OBLIGATORIOS:
¿ventaja o amenaza para los tribunales inferiores?
DOI:
https://doi.org/10.70982/rejef.v1i5.67Palavras-chave:
civil law, common law, jurisprudencia, precedente judicialResumo
Las teorías de la argumentación jurídica, la globalización en el ámbito jurídico y el afianzamiento de las jurisdicciones constitucionales han impulsado en nuestros días la progresiva centralidad de la jurisprudencia, gracias al rol protagónico reconocido a la función judicial. La jurisprudencia, los precedentes judiciales y la doctrina legal son conceptos que, aunque estén estrechamente relacionados, no significan lo mismo ni conllevan el mismo grado de vinculación para el juzgador. Si a esto añadimos la confusión que se produce por el hecho de utilizar en el sistema continental conceptos a los que damos el significado que tienen en el sistema anglosajón, la situación de confusión se incrementa. En este trabajo prestaremos especial atención a la doctrina del precedente judicial. Se analizará la aproximación del civil law al common law, la distinción entre precedente, jurisprudencia y doctrina legal. Se examinará la doctrina de los precedentes en diversos contextos tales como en el Tribunal Constitucional español, en México y en Brasil, prestando especial atención a la universalidad de los precedentes y a los precedentes obligatorios, lo que lleva a cuestionarse si no se estará invadiendo la independencia del juzgador.
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